viernes, 26 de abril de 2013

EL DERECHO OCCIDENTAL


Constituido por el Sistema Romano Germánico o Sistema de Derecho Continental, tiende a entender como fuentes del Derecho a las siguientes:
La Constitución.
La Ley, con todo su ordenamiento de normas.
La Jurisprudencia.
La Costumbre, proveniente de la sociedad.
Los Principios generales del Derecho, para poder interpretar las normas a aplicar.
La Doctrina, para la adopción de normas o criterios de interpretación.
En el marco del Derecho Internacional, el estatuto de la Corte Internacional de Justicia, enumera como fuentes del Derecho a:
Los tratados, que rigen las relaciones entre estados.
La costumbre internacional.
Los principios generales del Derecho.
Las opiniones de la doctrina.
Es importante afirmar que todas las fuentes del Derecho recaen siempre y necesariamente en el pueblo como titular de los derechos y obligaciones que contienen las normas. En este sentido, y citando a Del Vecchio (1.946): "Hay una fuente de la fuente del derecho, y es el espíritu humano y su propia fuerza y naturaleza; pues de ningún modo puede prescindirse del concurso de aquellas fuerzas vivas de la conciencia de las que nace realmente el derecho".

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